Seas un particular o una empresa con domicilio fiscal en Navarra, contarás a partir del 1 de enero de 2015 con tres vías para apoyar el desarrollo cultural de la comunidad.
DONACIÓN. Aportación dineraria, de bienes o derechos o prestación gratuita de servicios.
PRÉSTAMOS DE USO. Cesión gratuita y temporal de bienes de interés cultural, locales para la realización de proyectos, obras de arte de calidad, etc.
CONVENIOS DE COLABORACIÓN. Convenio firmado entre colaboradores (aportantes económicos) y beneficiarios, que a cambio de ayuda económica se comprometen a difundir la participación del colaborador.
Con los siguientes INCENTIVOS FISCALES por aportaciones a proyectos y actividades Mecna.
SI ERES UN PARTICULAR, tendrás derecho a una deducción de la cuota del IRPF del 80% en primeros 150 euros donados en cada periodo impositivo y del 40% en resto de las aportaciones.
Si donas 150 euros, tendrás derecho a deducir en tu declaración del IRPF 120 euros (80% de 150 euros).
Si donas 1.000 euros, tendrás derecho a deducir en tu declaración del IRPF: 120 en relación con los 150 primeros euros donados y otros 340 tras aplicar una deducción en cuota del 40% a los 850 euros restantes.
SI ERES EMPRESA, tendrás una deducción de los importes de las donaciones en la base imponible del Impuesto de Sociedades (IS) -con carácter general las donaciones no son gasto deducible- y una deducción del 30% de la cuota líquida en los primeros 300 euros aportados en cada periodo impositivo, y del 20% en los importes siguientes.
Si perteneces a una empresa con un tipo efectivo de gravamen del 20%, para una donación de 3.000 euros, tendrás derecho a deducir en tu declaración del Impuesto sobre Sociedades 1.230 euros:
Los primeros 300, deducción en cuota del 30%: 90 euros.
Los restantes 2.700, deducción en cuota del 20%: 540 euros.
Total beneficio fiscal: 600+630=1.230 euros.
NOTA
Colabora
Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU